Notas
Algunas noticias de interés y más de algún dato para tomar en cuenta

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  • Valor hora de acuerdo con la Resolución Exenta Nº 12.398 y según establece  el artículo Nº 36 inciso segundo de la ley 19.518 que dice relación a la determinación anual para el período 2010 el valor hora será de $4.000 (cuatro mil), siendo igual al monto estipulado durante el año 2009.
  • De acuerdo con la resoluciones Nº 22 y Nº 23, publicadas en el diario oficial del 9 de enero La Superintendencia de Pensiones establece que el tope máximo imponible para el cálculo de las cotizaciones obligatorias será de UF 64,7 elevándose un 4,7% respecto al período 2009 el que estuvo en UF 60.
  • De igual forma establece que el tope imponible que se utilizara en el 2010 para el cálculo de las cotizaciones de Seguro de Cesantía será de UF 97,1; 7,1% mayor al del año 2009 (UF 90), este incremento esta determinado de acuerdo a la variación positiva que experimento el índice de Remuneraciones Reales  dentro del período comprendido noviembre 2008- noviembre 2009 el cual alcanzo un 7,9%
  • El servicio de Impuestos Internos a contar del 12 de febrero puso a disposición de los usuarios los formulario para efectuar las Declaraciones Juradas para la Renta correspondiente al año Tributario 2010